Ambos procesos sirven para dar validez internacional a un documento público, pero se aplican en circunstancias distintas según el país de destino.
Se aplica cuando tanto el país emisor como el país de destino son firmantes del Convenio de La Haya de 1961. Es un trámite único, rápido y reconocido automáticamente por el resto de países firmantes.
Se aplica cuando el país de destino no forma parte del Convenio de La Haya. El proceso es más largo, ya que normalmente implica varias fases: legalización por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país emisor y, después, legalización por el consulado o embajada del país de destino.
Debes comprobar si el país de destino de tu documento figura en la lista de países firmantes del Convenio de La Haya. Si no estás seguro, podemos orientarte sobre el proceso más adecuado según el país y el tipo de documento.
Tanto si tu documento requiere apostilla como legalización consular, en la mayoría de los casos necesitarás también una traducción jurada oficial al idioma exigido por el país de destino.