Solicitud del certificado de capacidad matrimonial
Para poder contraer matrimonio en el extranjero, el contrayente español debe iniciar previamente un expediente para la obtención del certificado de capacidad matrimonial, documento imprescindible para la celebración del matrimonio. Este expediente se promueve en el Registro Civil del lugar de residencia en España del contrayente español o en el Registro Civil Consular correspondiente al lugar de residencia del contrayente extranjero.
Para la obtención del certificado de capacidad matrimonial, el juez instructor deberá realizar a ambos contrayentes, por separado, una audiencia reservada. La del contrayente extranjero será realizada por el cónsul encargado del Registro Civil Consular que corresponda a su lugar de residencia.
Documentos necesarios para iniciar el expediente de solicitud del certificado de capacidad matrimonial:
– Rellenar y firmar el impreso de solicitud del certificado de capacidad matrimonial.
– Certificación literal de nacimiento de los dos contrayentes.
– Certificado de estado civil de ambos contrayentes.
– Certificado de empadronamiento o residencia de ambos contrayentes.
– Fotocopia del DNI de cada contrayente.
– Datos de un testigo, o testigos si en los dos últimos años ha cambiado su lugar de residencia, residente en la misma ciudad que el solicitante siempre que dicha ciudad supere los 25.000 habitantes.
– En caso de divorcio, presentar la sentencia firme de divorcio. En caso de viudedad, certificación literal de matrimonio y de la defunción del cónyuge.
Todos los documentos deberán tener una validez mínima de 3 meses.
Una vez celebrado el matrimonio en el extranjero, para que este sea reconocido en España, el contrayente deberá solicitar su inscripción en el Registro Civil español que corresponda a su lugar de residencia o en el Registro Civil Consular que corresponda al domicilio del contrayente extranjero.

